domingo, 2 de enero de 2011

DE: BANCOS ... PARA: DAMNIFICADOS

Deberán adoptar medidas especiales para los deudores y clientes afectados por la ola invernal.

Así lo ordenó la Superintendencia Financiera a las entidades financieras en los diferentes departamentos del país.

A través de la circular 051, expedida este jueves, el organismo de control estableció que los bancos y demás instituciones deberán contar con mecanismos ágiles para la recepción, análisis y aprobación de solicitudes de reestructuración de créditos a estas personas, y deberán divulgar en las zonas afectadas por el desastre su política para tal fin, al igual que los plazos para realizar las solicitudes.
Los créditos que sean reestructurados a los clientes afectados mantendrán la calificación que tenían al momento de la declaratoria de desastre, y solo podrán considerarse en mora si después del acuerdo el deudor incumple los nuevos compromisos que adquiera.
Según la norma, la banca deberá dar al servicio de los damnificados un mecanismo ágil de atención de consultas y solicitudes, para tramitar y resolver rápidamente las dudas sobre sus productos.
Si el crédito reestructurado incluye períodos de gracia, los bancos deberán suspender durante ese lapso la causación de intereses y demás cargos asociados al préstamo.

Para los damnificados que pidan créditos para la reconstrucción de vivienda o rehabilitación de sus negocios, las entidades quedaron autorizadas para utilizar mecanismos especiales de análisis de la capacidad de pago de la persona, que suplan las deficiencias de información del damnificado.



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